DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, presentado en fecha veinticinco (25) de junio de 2014, por el ciudadano: PLINIO JOSE PARRA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.850.292, domiciliado en la calle San Nicolás, sector La Montañita, casa N° 24B, municipio Cabimas del estado Zulia, debidamente asistido por el Abogado en Ejercicio CARLOS L. RIERA E., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.659; en contra de la ciudadana IDANIA DEL VALLE URIEPERO DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-15.553.908, domiciliada en la avenida Principal con calle 22, sector R-5, municipio Cabimas del estado Zulia, en el presente procedimiento de: DIVORCIO ORDINARIO. PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
B.- No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obedece al propio desistimiento de la parte demandante.
C.- Se ordena devolver los documentos originales previa certificación en actas de los mi.....