En fuerza de los fundamentos que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara perimido el presente proceso de DAÑOS Y PERJUICIOS, incoado por el INSTITUTO AUTÓNOMO DE CRÉDITO AGRÍCOLA Y PECUARIO, creado según decreto Nº 909, de fecha 13 de Mayo de 1975 y Publicado el día 29 de Mayo del mismo año, domiciliada en la Zona Industrial I, carrera 4, calle 08 y 09 en Barquisimeto, Estado Lara, contra la sociedad mercantil SOFT WATER & SERVICE C.A., domiciliada en esta ciudad, registrada ante la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 03 de Agosto de 1984, bajo el Nro. 11, tomo 54-A, representada por su Director Técnico, ciudadano IDARIO POLANCO QUINTERO, venezolano, mayor de edad, Ingeniero, portador de la cédula de identidad Nro. 4.110.570, do.....