Por todo cuanto antecede el Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley Primero: Declaró de Extinción de la Acción Penal de conformidad con el Artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia declarar el Sobreseimiento a favor del ciudadano DEIVIS GERALDO RIVAS MIRANDA, titular de al cedula de identidad N° V-18.983.375, de Nacionalidad venezolana, Natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 23-03-1986, mayor de edad, de 24 años, hijo de Emira Rivas (V) Y Domingo Miranda (V), Profesión u Oficio Mecánico de Moto, de Estado Civil Soltero, domiciliado Calle principal casa sin numero Cachipo, Estado Monagas, cerca del Dispensario y de la plaza de Cachito, conforme a lo previsto Artículo 318 ordinal 3° ejusdem, ordenando el cese de las condiciones impuestas y cualquier otra me.....