En razón de los Fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE, PRIMERO: DECRETA el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, acordada por este Juzgado, en fecha diecisiete (17) de enero del año 2014, por decisión Nº 066-2014, a favor del imputado VICTOR ALFONSO VASQUEZ ESPINOZA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, estado Zulia, soltero, moto taxista, titular de la cédula de identidad N° 23.887.281, nacido en fecha 29/01/1989, de 24 años de edad, hijo de Margarita Espinoza y de Marcos Vásquez, y residenciado en el Pinar, sector las Tejas vía principal, casa s7n, a 50 metros de la Escuela, Tucaní , estado Mérida, teléfono 0414-9743012, contra quien se sigue asunto penal signado con el.....