Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECRETA PRIMERO: Por estar cubierto los extremos establecidos en los numerales 1 y 2, del artículo 250, en relación con los artículos 8, 9, 243, 244, 247, 256 numerales 3 y 4, 259 y 260, todos del Código Orgánico Procesal penal, Medida Cautelar Sustitutiva De Libertad, en la persona del ciudadano: JERSON ADOLFO HERNANDEZ, Venezolano, natural de El Vigía Estado Mérida, nací el 25-03-1980, tengo 27 años de edad, casado, Productor Agropecuario, soy titular de la cédula de identidad N° V- 14.761.795, soy hijo de Ángel Hernández y de maría Magdalena Josefina León, estoy residenciado en la Finca La Florida, sector La Burra Mocha, Municipio Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia, teléfono (0416-0484663, 0275-4141944 y 0275-2682685, a quien el Fiscal Decimosexto del Ministerio Público.....