PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesto por la Sociedad Mercantil FMC WELLHEAD DE VENEZUELA, S.A., contra Providencia Administrativa Nº 348/14, de fecha diecisiete (17) de marzo de 2014, emanada de la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo-Estado Zulia, en la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de reclamos incoada por el ciudadano JOSÉ GREGORIO PINEDA BRICEÑO en contra de la Sociedad Mercantil FMC WELLHEAD DE VENEZUELA, S.A.-
SEGUNDO: ADMITE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto por la Sociedad Mercantil FMC WELLHEAD DE VENEZUELA, S.A., contra Providencia Administrativa Nº 348/14, de fecha diecisiete (17) de marzo de 2014, emanada de la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo-Estado Zulia, en la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de reclamo incoada por el ciudadano JOSÉ GREGORIO PINEDA contra la Sociedad Mercantil FMC WELLHEAD DE VENEZUELA, S.A.-