En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de interdicto de amparo, intentada por el ciudadano José Ananías Camargo Araujo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.395.124, contra los ciudadanos Frank Manuel Gomero Rivas, Tamaiba Josefina Serrano Márquez, Clemencia Del Valle Gomero Rivas y Alejandra Graciela Gomero Rivas, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-9.296.203, V-9.293.070, V-6.381.616, V-3.345.177 y V-4.022.650 respectivamente y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dado, Firmado en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, primero (1º) de agosto 20.....