éste Juzgado Primero en Funciones de Control, Audiencias y Medidas en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por cumplimiento del régimen de prueba por suspensión condicional del proceso, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a lo dispuesto en el artículo 48 numeral 7 ejusdem, en la causa seguida al ciudadano CRUZ ISMAEL PIÑA MOYA, venezolano, de 30 años de edad, soltero, nacido en fecha 1-05-1977, Natural de Maturín Estado Monagas, hijo de Eunises Teodoro Guzmán de Piña (v), y de Bartola Antonio Piña (V), con tercer año de bachillerato, de ocupación u oficio chofer, Titular de la Cédula de Identidad N°. V.....