Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, con fundamento y en total apego a lo estipulado en los artículos 2, 26 y 509 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley declara:
• PRIMERO: SIN LUGAR la presente Acción, intentada por la ciudadana INES DEL VALLE BUTTO RUIZ, en contra de los ciudadanos FIDIAS RAFAEL VASQUEZ RIVAS Y FIDIAS RAFAEL VASQUEZ FIGUEROA.
• SEGUNDO: Dada la virtud del fallo, no hay Condenatoria en Costas.
• TERCERO: En virtud de haberse dictado el presente fallo fuera del lapso legal establecido, se ordena la notificación de las partes. Líbrese Boleta.
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, así como en la página .....