Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar al penado HUGO RAFAEL FERRER OCHOA, de nacionalidad venezolana, natural de Santa Cruz de Mara, Estado Zulia, fecha de nacimiento 20-04-43, de 64 años de edad, Divorciado, Administrador, hijo de Angel Ferrer y Maria Ochoa, residenciado en Barrio Flor del Campo, Calle 100, Nº 9A-04 Municipio Maracaibo, Estado Zulia, como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 500 ejusdem, y se le destaca como lugar de residencia el Centro de Tratamiento Comunitario "INSP. RAFAEL ANTONIO OCHOA CASTRO". Regístrese la presente decisión. Líbrese la correspondiente Boleta de Notificación al penado y .....