DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los Estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente inhibición.
SEGUNDO: Declara CON LUGAR la inhibición formulada por el Dr. LUIS ARGENIS MARCANO SARABIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.403.013, actuando en su condición de Juez Provisorio del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, en el juicio que por Acción Posesoria por Perturbación y Daño a la Propiedad Agraria, siguen los ciudadanos APARICIO ANTONIO SARABIA RODRIGUEZ Y DELFINA SARA.....