éste Tribunal Segundo en Funciones de Control, Audiencias y Medidas en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL conforme a lo dispuesto en el artículo 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA el sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 300 numeral 3 del texto adjetivo penal en relación con lo dispuesto en el artículo 46 ejusdem. Se ordena el cese inmediato las medidas de protección y seguridad a favor de la victima, y las de las medidas cautelares personales que pudieran pesar en contra del ciudadano MOISES DAVID GONZALEZ, titular de la cédula de identidad V-17.707.135, nacido en Maturín Estado Monagas, en fecha 03/09/1983, de 33 años de edad, grado de instrucción Bachiller, profesión u oficio Técnico en Electricidad Industrial, estado civil Soltero, hijo de D.....