Es por lo cual este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA la Aprehensión Judicial de los ciudadanos: JUAN CARLOS MOLERO LOZANO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.135.773, residenciado en el kilómetro 02, calle Nº 03, Camellón del hogar San José, vía Los Altos de Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, y FRANK LUIS MOLERO LOZANO, venezolano, de 32 años de edad, fecha de nacimiento: 13-10-1974, residenciado en el kilómetro 02, calle Nº 03, Camellón del hogar San José, vía Los Altos de Santa Bárbara, Municipio Colón del Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.494.725, todo de conformidad con los Artículos 44 numeral 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 250 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, ofíciese lo conducente a los dist.....