este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se ordena la aplicación del Procedimiento Especial tal como lo establece el artículo 94 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a los fines de que el Ministerio Público continúe con las investigaciones pertinentes. SEGUNDO: Se acuerda la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del ciudadano: EVERTO RAMÓN MOREY, titular de la cedula de identidad Nº 10.834.409, de 45 años de edad, Oficio Operador, estado civil Soltero, hijo de Berta Morey (v) y de padre desconocido, fecha de nacimiento 23-03-1966, residenciado en la vía de Uracoa, casa S/N, cerca de la piscina, en Tabasca, Municipio Libertador, estado Monagas, teléfono de la hermana: 0424-.....