REPUBLICA BOLIVARIANA DE VEENZUELA. JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 6 de agosto del 2.007.-
197º y 148º
Visto el escrito presentado por los ciudadanos NAHABI ALEJANDRA ALVAREZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. 12.791.262, debidamente asistida por la Abg. Jhulitza Molina, y Yasmín Orta, quien procede con el carácter de apoderada judicial del ciudadana JOSE EDUARDO BONILLA PEREZ, venezolano, mayor de edad, casado, domiciliado en el estado Zulia y titular de la cédula de identidad No. 12.590.544, respectivamente, debidamente, este Tribunal observa: 1) La presente causa contiene como pretensión la DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL que une a los cónyuges, antes identificados; 2) que el asunto en cuestión es de carácter contencioso, ya que los hechos contenidos en la demanda fueron encuadrados en causales contenidas en el artículo 185 del Código Civil; 3.....