Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
1. SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada en ejercicio ZAIDA PADRON VIDAL, titular de la cédula de identidad No. 2.871.739, y del mismo domicilio, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana CALIXIA MARINA CARRIZO RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.760.753 en su carácter de tercera interviniente en la causa, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 31 de Octubre de 2007.
2. Se RATIFICA la decisión dictada en fecha, 31 de Octubre de 2007, por el Juzgado Segundo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judici.....