Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: La Extinción de la Acción Penal, en la presente causa donde el Ministerio Publico acuso a la ciudadana GARIS MILENA ARROYO OCHOA, Pasaporte No CC55227728, Colombiano, natural de Barranquilla, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 10-04-84, hija de ALFREDO ARROLLO Y ARGELIA OCHOA, residenciada en el municipio el Hatillo, Sector Alto Hatillo, Urbanización la Cima, Residencia Guarimba, Caracas Distrito Capital, por ser AUTORA en la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por cumplimiento del plazo de Suspensión Condicional del Proceso, conforme al Régimen de Prueba que se le estableció en Au.....