En consecuencia, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en funciones de juicio, constituido en forma mixta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, POR UNANIMIDAD: DECLARA: se ABSUELVE a los Acusados 1) ELEXANDER JOSE GARCIA MARTINEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.044.302, fecha de nacimiento 28-12-79, de 27 años de edad, soltero, hijo de DEYSI MARTINEZ y ALEXANDER GARCIA, residenciado en el Barrio El Bajito, Calle 91, Casa N° 92-34, bajando por el Hotel Canaima, Maracaibo, Estado Zulia, y 2) RAFAEL JOSÉ GARCIA MARTINEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.782.586, fecha de nacimiento 16-01-81, de 26 años de edad, soltero, hijo de DEYSI MARTINEZ y ALEXANDER GARCIA, residenciado en el Barrio El Bajito, Calle 91, Casa N° 92-34, bajando por el Hotel Canaima, Maracaibo, Estado Zulia, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y.....