DISPOSITIVA
Por todo los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; ACUERDA LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por el lapso de UN (01) AÑO, al penado JULIO CESAR VELIZ ALEMAN, quien es Venezolano, nacido el 10/09/1982, de 26 años de edad, natural de Maturín, Estado Monagas, soltero, de profesión u oficio Carpintero, titular de la cédula de identidad N° V-17.240.017, hijo de Nellys Maria Véliz (v) y José Pilar Alemán (v), residenciado en la Calle 28-A, Casa N° 19, Alberto Ravell, Maturín, Estado Monagas; lapso que comenzará a correr una vez dicho penado sea impuesto de la presente decisión; quien deberá cumplir ineludiblemente con las obligaciones descritas en el párrafo anterior. Todo se realizó conforme a lo pautado en los artículos 494 y 495 de nuestra Ley Adjetiva Penal.
En consecuencia regístrese la prese.....