Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara con lugar la solicitud Fiscal y por vía de consecuencia, decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano DANILO ALBERTO PALMERA GONZALEZ, de nacionalidad venezolana por naturalización, natural de Valledupar de la República de Colombia, de 33 años de edad, Fecha de Nacimiento 10-05-1976, titular de la cédula de identidad número V-21.265.179, de estado civil soltero, de profesión u oficio mecánico, hijo de José Palmera (D) y de Lucy González (D), residenciado en el sector La Zanjita, calle y casa sin número, cerca de la Escuela Bolivariana, Nueva Bolivia, Estado Mérida, a quien el Fiscal del Ministerio Público le atribuye la presunta comisión de.....