En virtud de los razonamientos antes esgrimidos y de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 12, 14 y 341 del Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: INADMISIBLE, la presente demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, intentada por INVERSIONES CORPORATIVAS LA ESTACION C.A, contra La Sociedad Mercantil ANIMAL HEALTH TIPURO C.A, representada por el ciudadano LUIS MANUEL HERBERT AYALA, venezolano, mayor de edad, Titular de la cedula de identidad N° V- 14.049.266.
Publíquese, Notifíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve,déjese copia de la presente decisión de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, Firmado en la.....