Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
IMPROCEDENTE LA INCIDENCIA DEL FRAUDE PROCESAL planteada por el
ciudadano JUAN BERNARDO LIZIO PAVÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la
cédula de identidad No. 18.394.471, domiciliado en la ciudad y Municipio Maracaibo
del estado Zulia actuando con el carácter de tercero llamado a la causa y
Vicepresidente de la sociedad mercantil INVERSIONES LIZIO PAVAN, C.A., asistido
por el profesional del derecho ANDRÉS ALBERTO VIRLA VILLALOBOS, venezolano,
mayor de edad, inscrito en el InpreAbogado bajo el No. 124.185, en contra del
ciudadano RICHARD MICHAEL LIZIO MARIANI, venezolano, mayor de edad, titular de
la cédula de identidad No. V-5.055.565, con ocasión al juicio de AMPARO
CONSTITUCIONAL intentado por el ci.....