IV
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, y con fundamento en los artículos, 700 del Código de Procedimiento Civil, y 782 del Código Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la querella que por INTERDICTO DE AMPARO A LA POSESIÓN, intentara ante este Juzgado el ciudadano JOSE DOLORES CAMACHO ANGARITA, en representación de la FUNDACION OASIS DE BENDICION, contra los ciudadanos TATIANA ESPINOZA, KARINA IDROGO, GRISCEL IDROGO, YELITZA IDROGO, CARMEN ALIDA DE ROJAS, ROSANA BERMUDEZ, CARMEN INES DE FUENTES, CARMEN YNOCENCIA DE LOPEZ, ROSA CRENIA DE MATA, ANDREA URBANO, KARIHOLYS GONZALEZ, LUISABEL QUINES, CARMEN ANTONIA DE VILLAMIZAR, CARMEN LUISA VILLAMIZAR, OSWALDO MILLAN, ARGENIS AMARISTA y JORGE CABRERA , ya identificados. En consecuencia, de c.....