Auto mediante el se fundameta la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, y CAUCION JURATORIA en EL ASUNTO PENAL QUE SE LLEVA EN CONTRA del Ciudadano Victor Caranama de conformidad con el articulo 242 numeral 3° del C.O.P.P, consistente en presentaciones periódicas cada 20 días ante el departamento de alguacilazgo de esta sede Judicial, concatenado con la MEDIDA CAUTELAR, de conformidad con el articulo 95 numeral 7mo de la ley especial, por la presunta comision del delito de ABUSO SEXUAL. Cumplase. se realiza el presente asociado a los efectos de subsanar el error involuntario que aparece en la fundamentacion de fecha 15-04-2017. Siendo la correcta, la que aparce en el presente asociado, es decir la de fecha 16-04-2017. Cumplase.