Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE, la presente demanda de PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, intentada por el ciudadano LUIS ENRIQUE JIMENEZ REBOLLEDO, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cedula de identidad N° V- 8.793.214, en contra de la ciudadana NAYARIT CORINA PADRON DE JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.345.308. Asimismo se ordena la devolución de los documentos originales a la parte actora.
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, así como en la página www.monagas.scc.org.ve, déjese copia de la presente decisión de conformidad con los artículos 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
.....