Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: ADMISIBLE el Recurso de Casación, anunciado por la abogada YARIT CHACHIN SOTILLO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 28.670, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadano CARLOS GANDARA FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-9.299.682 y de este domicilio, intentado en fecha Ocho (08) de Febrero de 2021, el cual cursa al folio 136 de la pieza principal de la presente causa, en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional, en fecha Veinticinco (.....