En mérito de las razones precedentemente explanadas, esta sala de juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda por AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÒN incoada por la ciudadana CHAUNA DEL CARMEN FRANCO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 13.747.402, y de este domicilio, en contra del ciudadano JUAN CARLOS ECHETO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 14.206.136, de este domicilio, a favor de sus hijos (Cuya identificación se omite de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 65 de Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), venezolanos, estudiantes, de 15, 13, 08 y 07, años de edad, respectivamente, y de este domicilio y en consecuencia se acuerda fijar el Aumento de la Obligación de Manutención en un TREINTA Y O.....