Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 12, 14, 506, 508, 723 y 725 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela declara:
• PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Deslinde Judicial intentado por la ciudadana RAQUEL DEL VALLE VILLAFRANCA DE QUIJADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.284.146.-
• SEGUNDO: CON LUGAR la oposición formulada por la parte querellada a la fijación del lindero provisional, determinado por el Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.-
• TERCERO: Dada la naturaleza del fallo, no hay especial condenatoria en.....