este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de REIVINDICACION, interpuesta por la ciudadana LUISA MERCEDES DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 9.299.483, abogada en ejercicio, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 83.897, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana LIRIDA DEL VALLE GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 1.955.392, contra el ciudadano: CARLOS ADOLFO GOMEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V- 10.305.169 y Así se decide.
Expídase copia certificada de la presente decisión, conforme a lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y .....