Seguidamente, oídas las exposiciones de la Representación Fiscal y de la Defensa, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los imputados EFRAIN MOISES GUILLEN BAES, No porta cédula de identidad, fecha de nacimiento 08/02/1986, de 21 años de edad, soltero, Venezolano, natural de Maracaibo, de oficio jardinero, hijo de YANETH GUILLEN BAEZ y RODOLFO SATURNINO GALINDEZ, residenciado en el Sector San Francisco, no sabe numero de la calle y de la casa, frente a los cubanos, al fondo del Supermercado Capital, sector Limpia Sur y JOSÉ RAMON URDANETA LOPEZ No porta cedula de identidad, fecha de nacimiento 15/03/1986, de 21 años de edad, soltero, venezolano, natural de Villa del Rosario, oficio Jardinero, hijo de HELIMENAZ ANTONI.....