DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este ente Jurisdiccional actuando en sede constitucional y en Funciones de Guardia, en Nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la ley, DECLARA SU INCOMPETENCIA EN RAZON DE LA MATERIA, para conocer de la presente causa y señala expresamente como Tribunal competente al Juzgado Distribuidor del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, específicamente al Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de ésta Circunscripción Judicial, a quien se ordena remitir el presente expediente. líbrese el Oficio correspondiente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.
Dado, firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- Maturín, Veintiuno (21) de Agosto de Dos Mil Dieciocho. AÑOS: 209º de la Inde.....