Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, incoada por el ciudadano CARLOS ENRIQUE NARVAEZ MALAVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.896.904 y domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la ciudadana EMIRA MIREYA CHACÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.058.866 y de el mismo domicilio.
2. Se declara DISUELTO el matrimonio civil, contraído por el ciudadano CARLOS ENRIQUE NARVAEZ MALAVE, y la ciudadana EMIRA MIREYA CHACÓN, en fecha 14 de Diciembre 2004, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Juana de Ávila, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
3. Se declara SIN LUGAR, la RECONVENCIÓN, propuesta por la ciudadana E.....