Ahora bien, en base a esa ADMISION DE LOS HECHOS realizada conforme a la ley y de manera espontánea, este Tribunal en base a sus atribuciones legales CONDENA al ciudadano IVAN ALFREDO PABON MANRIQUE, venezolano, natural de Colón Estado Táchira, nacido en fecha 22-10-1949, de 57 años de edad, de profesión u oficio ganadero, hijo de Corina Jiménez (V) y Jorge Pabón (V), titular de la cédula de identidad N° 4.111.699 y domiciliado en: Calle principal, casa N°. 24, Barrio 23 de Enero, San Cristóbal Estado Táchira a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, en su ordinal 1°, por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES CON FINES DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el Artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y Consumo de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la comunidad y el Estado Venezolano; luego de haber realizado la rebaja de ley conforme al artículo 37.....