En mérito a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la oposición realizada por el abogado RUBEN DARIO VALLENILLA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 99.927, procediendo con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano WUCHENG FENG, de nacionalidad China, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N°E: 82.262.865, a las pruebas promovidas en fecha 19 de noviembre de 2.012 por la contraparte ciudadano HUANG XIALONG, de nacionalidad China, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N°E: 84.409.082 a través de su apoderado judicial, suficientemente identificado en autos, y Así se decide.
Publíquese y déjese copia. Notifíquese a las partes de la presente decisión.