Se CONDENA al acusado CARLOS ANTONIO PARRA, CUMPLIR LA PENA DE QUINCE AÑOS DE PRESIDIO MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, por considerarlo Autor del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL BAJO LA FIGURA DE DOLO EVENTUAL, en la persona del ciudadano LUIS FERNANDO MOLSALVE en las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que quedó demostrado, delito este previsto y sancionado en el artículo 407 en concordancia con el artículo 37, ambos del Código Penal venezolano.