En consecuencia, esta SALA SEGUNDA DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, PRIMERO: Admite la acusación fiscal, en contra del adolescente acusado SE OMITE EL NOMBRE DEL ADOLESCENTE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 65 Y 545 DE LA LOPNA, por la comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5º en concordancia con el artículo 6º ordinales 1, 2, 3 y 12 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en la cualidad de autor y el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA, en cualidad de autor, previsto y sancionado en el artículo 278º en concordancia con el artículo 277º, ambos del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana ALAIDY DEL CARMEN URDANETA ROMERO Y EL ESTADO VENEZOLANO, respectivamente, por cumplir con los requisitos contenidos en el Artículo 570 de la LOPNA. Así como las pruebas promovidas. SEGUNDO: Declara la procedencia de la admisión de los hechos expuesta por el acusa.....