DISPOSITIVA
Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en Sede Constitucional y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 2, 26, 47, 49 y 60 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los preceptuado en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con los Decretos Presidenciales N° 4169 de fecha 23 de Marzo de 2020, Gaceta oficial 6522, adicionalmente el Decreto N° 39.688 de fecha 05 de Mayo de 2011 y ratificado recientemente por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, en su última alocución al país y acogido íntegramente por el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia y por este Tribunal, se declara CON LUGAR la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano JESUS MANUEL DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular.....