Por todo lo antes expuesto, este Tribunal en resguardo de la Garantía Constitucional contenida en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Decreta ORDEN DE ALLANAMIENTO, conforme a los artículos 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal y como corolario se expide la citada orden por un lapso de 48 horas, la cual será practicada por los Funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Delegación Caripito, INSPECTOR JOSE GONZALEZ, DETECTIVE MARQUEZ SIMON, AGENTES LUIS HERNANDEZ y NICOLAS VELASQUEZ, quienes deberán dar estricto cumplimiento a la preceptuado en el artículo 212 de la Ley Adjetiva Penal, a objeto de decomisar: UN VEHICULO TIPO MOTO, MARCA JAGUAR, MODELO AWA ROJA, ASI COMO ARMAS INVOLUCRADAS EN LOS HECHOS, PRENDAS DE VESTIR Y GORRAS DESCRITAS EN LAS ACTAS POLICIALES, ASI COMO ELEMENTOS DE CARÁCTER CRIMINALISTICO que guarden relación el hecho investigado. Resolución que se expide por no s.....