El Juzgado segundo de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, y con fundamento a los establecido en los artículos 75, 76, 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 3, 9, Numeral 1 del art. 18, Numeral 1 del art. 19 de la Convención de los Derechos del Niño, y 405 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda como medida de protección REVOCAR la COLOCACION EN ENTIDAD DE ATENCION de los Adolescentes: (Cuya identificación se omite de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 65 de Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente), venezolanos, de 15 y 17 años de edad respectivamente, y hacer la entrega inmediata, a la ciudadana: MARIA INES TOVAR, de nacionalidad Colombiana, identificada con la cédula de identidad No. 41.886.151, y domiciliada en la población de Armenia (Quindío), Republica de Colombia, y la misma se materializará en el Consulado de Colombia del Estado Táchira,.....