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Decisiones del dia 30/03/2022

Formato:  Ficha  Lista

Paginas 1 [Total de sentencias: 8] Página 1 de 1
N° Expediente : 4330-14 N° Sentencia : Fecha: 30/03/2022
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL MEGAFARMA, C.A/CONDOMINIO CIUDAD COMERCIAL LA CASCADA
Resumen:
DISPOSITIVA Establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil "Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención...". Y el artículo 269 ejusdem establece "La perención se verifica de derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal...". En los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca, se requiere la inactividad de las partes en el transcurso de un año; esta inactividad está referida a la no realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actitud negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar lo actos de procedimiento, no los realizan. La jurisprudencia nacional, ha venido sosteniendo que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de éstas entraña una renuncia .....
Juez/Ponente:
Angelica Mercedes Campos Aponte
Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara.
arriba

N° Expediente : 4273-13 N° Sentencia : Fecha: 30/03/2022
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL MEGAFARMA, C.A/CONDOMINIO CIUDAD COMERCIAL LA CASCADA
Resumen:
DISPOSITIVA Establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil "Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención...". Y el artículo 269 ejusdem establece "La perención se verifica de derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal...". En los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca, se requiere la inactividad de las partes en el transcurso de un año; esta inactividad está referida a la no realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actitud negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar lo actos de procedimiento, no los realizan. La jurisprudencia nacional, ha venido sosteniendo que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de éstas entraña una renuncia .....
Juez/Ponente:
Angelica Mercedes Campos Aponte
Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara.
arriba

N° Expediente : 4128-13 N° Sentencia : Fecha: 30/03/2022
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL MEGAFARMA, C.A/CONDOMINIO CIUDAD COMERCIAL LA CASCADA
Resumen:
DISPOSITIVA Establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil "Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención...". Y el artículo 269 ejusdem establece "La perención se verifica de derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal...". En los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca, se requiere la inactividad de las partes en el transcurso de un año; esta inactividad está referida a la no realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actitud negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar lo actos de procedimiento, no los realizan. La jurisprudencia nacional, ha venido sosteniendo que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de éstas entraña una renuncia a con.....
Juez/Ponente:
Angelica Mercedes Campos Aponte
Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara.
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N° Expediente : 4357-14 N° Sentencia : Fecha: 30/03/2022
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL MEGAFARMA, C.A/CONDOMINIO CIUDAD COMERCIAL LA CASCADA
Resumen:
DISPOSITIVA Establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil "Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención...". Y el artículo 269 ejusdem establece "La perención se verifica de derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal...". En los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca, se requiere la inactividad de las partes en el transcurso de un año; esta inactividad está referida a la no realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actitud negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar lo actos de procedimiento, no los realizan. La jurisprudencia nacional, ha venido sosteniendo que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de éstas entraña una renuncia .....
Juez/Ponente:
Angelica Mercedes Campos Aponte
Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara.
arriba

N° Expediente : 4273-13 N° Sentencia : Fecha: 30/03/2022
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL MEGAFARMA, C.A/CONDOMINIO CIUDAD COMERCIAL LA CASCADA
Resumen:
DISPOSITIVA Establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil "Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención...". Y el artículo 269 ejusdem establece "La perención se verifica de derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal...". En los artículos transcritos se evidencia que para que la perención se produzca, se requiere la inactividad de las partes en el transcurso de un año; esta inactividad está referida a la no realización de ningún acto de procedimiento, constituyéndose en una actitud negativa u omisiva de las partes, que debiendo realizar lo actos de procedimiento, no los realizan. La jurisprudencia nacional, ha venido sosteniendo que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de éstas entraña una renuncia .....
Juez/Ponente:
Angelica Mercedes Campos Aponte
Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara.
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N° Expediente : 11.146-2022 N° Sentencia : Fecha: 30/03/2022
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
FRANNE DANIEL ZURITA ACABAN
Resumen:
DISPOSITIVA En consecuencia de lo anteriormente establecido, este TRIBUNAL TERCERO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BARBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, seguida por el ciudadano: FRANNE DANIEL ZURITA ACABAN, venezolano, Mayor De Edad, Titular De La Cedula De Identidad Nro. V-12.154.419. SEGUNDO: SE ORDENA LA DEVOLUCIÓN de los originales que se encuentran en la presente solicitud, dejándose copia certificada en su lugar una vez que la parte solicitante provea los emolumentos necesarios para las mismas. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo. Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del tribunal supremo de Justicia www.tsj.gob.ve así como la página www.monagas.scc.org.ve, y déjese copia certificada en los archivos respectivos, de la presente deci.....
Juez/Ponente:
Angelica Mercedes Campos Aponte
Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara.
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N° Expediente : 0569-2022 N° Sentencia : Auto Fecha: 30/03/2022
Procedimiento:
Recurso De Nulidad De Acto Administrativo
Partes:
LUIS ENRIQUE GOMEZ ZERPA E INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS
Resumen:
CUARTO: SE ORDENA A LA OFICINA REGIONAL DE TIERRAS DEL ESTADO MONAGAS (ORT-MONAGAS) como administrador regional del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTi), remitir a este Tribunal los antecedentes administrativos en relación al Titulo de Adjudicación Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario N° 1621610962013RAT229536 aprobado en reunión n° 534-13 de fecha 26 de agosto del 2.013, por el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTi), a favor del ciudadano Félix Ángel Cortez, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad n° 6.944.485, sobre un lote de terreno denominado "EL CEDANO" constante de una superficie aproximada de Cuatro Mil Ochocientos Trece Metros Cuadrados (4.813mts2), ubicado en el Sector Valle Verde, Parroquia San Agustín en el Municipio Caripe de este estado Monagas, de acuerdo a lo dispuesto al artículo 163 en su parte in fine de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se declara.- En consecuencia al particular señalado en el presente asunt.....
Juez/Ponente:
Rojexi José Tenorio Narváez
Organo:
Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro
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N° Expediente : NH12-N-2020-000013 N° Sentencia : PJ0102022000005 Fecha: 30/03/2022
Procedimiento:
Recurso Contencioso Administrativo De Nulidad
Partes:
WILLIAM RAFAEL LOPEZ VENTURA/INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO MONAGAS/MADERAS DEL ORINOCO, C.A,
Resumen:
este Juzgado las ADMITE, salvo su apreciación en la definitiva por cuanto no son manifiestamente ilegales o impertinentes, ni contrarias a derecho. A EXCEPCIÓN de la Prueba de Declaración de Parte promovida por la Representación Judicial del Tercero Interesado en su Capítulo III, por cuanto es un mecanismo procesal de uso potestativo y exclusivo del Juez, motivación que se encuentra antes indicado. En cuanto a la Prueba de Informe promovida por el beneficiario del acto, se acuerda oficiar lo conducente a la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas. En relación a la Prueba de Inspección Judicial, solicitada por la parte recurrente, a efectuarse en la sede de la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, se fija el traslado y constitución del Tribunal para el día lunes dieciocho (18) de abril de 2022, a las dos de la tarde (18/04/2022, a las 02:00 p.m.). Asimismo, se fija audiencia para el día jueves, veintiuno (21) de abril de 2022, a las 10:30 de la mañana (20/04/2022; 10:30 a.m.),.....
Juez/Ponente:
Mayuris Elena Gonzalez
Organo:
Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo Nuevo Regimen
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