Con fundamento en los razonamientos antes señalados, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: CONSUMADA DE PLENO DERECHO LA PERENCIÓN; y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la Querella Funcionarial (Nulidad de Acto Administrativo), interpuesta por la ciudadana MILAGROS JOSEFINA LICET NOLASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.899.920, asistida por el abogado LUIS ENRRIQUE SIMONPIETRI RODRIGUEZ, inscrito en el IPSA, bajo el Nº 15.419, contra la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA.
En consecuencia se ordena notificar a la parte recurrente de la sentencia.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.-
Dado, firmado y sellado en la Sa.....