D I S P O S I T I V A
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, PRIMERO: REVOCA la formula alternativa de cumplimiento de la pena "EL DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO", concedida al penado JOSÉ JESÚS RONDÓN, mediante auto de fecha 10-11-2004, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479 y 512 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto, sólo podrá optar previa solicitud, a la conmutación del resto de pena impuesta en confinamiento, una vez que haya extinguido las tres cuartas (1/4) partes de la misma, conforme a los dispuesto en los artículos 20 y 53 del Código Penal vigente. SEGUNDO: Ordena la reclusión del penado en las instalaciones del Internado Judicial de Monagas, donde permanecerá a la orden de este Tribunal.
Publíquese y regístrese. Déjese.....