DISPOSITIVA
En mérito de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito judicial Penal del Estado Monagas en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE dejar sin efecto el auto de fecha 12-12-2006 mediante el cual se revocó el beneficio de Régimen Abierto al penado CARLOS ENRIQUE PRIETO arriba identificado. SEGUNDO: REFORMADO el computo de la pena impuesta al penado CARLOS ENRIQUE PRIETO. TERCERO: Por cuanto el penado desde el día 21-08-2001, en que fue detenido por primera vez, hasta el día 12-11-2006, cuando se evadió del Centro de Tratamiento Comunitario Miguel Antonio Blanco Guerra, había cumplido un tiempo de detención de CINCO AÑOS, DOS MESES Y VEINTIUN DIAS, siendo detenido nuevamente en fecha 09-01-2009, circunstancia en la que se encuentra hasta la presente fecha 12-02-2009, es decir por el lapso de UN MES Y TRES DIAS, que sumado al tiempo de l.....