Por todo los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; ACUERDA LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, al penado LUIS GUILLERMO PALOMO MORALES Venezolano, de 25 años de edad, Estado Civil Soltero, hijo de Carloy Martínez (V) y de Rosa Morales (V), de profesión u oficio Ayudante de Albañilería, domiciliado en el Sector Juana Ramírez, Calle 3, Casa S/N, detrás del Estadio, San Vicente Estado Monagas natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 06/08/1985, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.256.630 por el lapso DE UN (01) AÑO, SIETE (07) MESES y VEINTISEIS (26) DIAS DE PRISION, al penado quien se encuentran detenido en el Internado Judicial del Estado Monagas. El lapso comenzará a correr una vez dicha penado sea impuesta de la presente decisión. Todo se realizó conforme a lo pautado en los artículos 493 y 495 d.....