En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, en nombre de la República por autoridad de la Ley: Ordena la Libertad inmediata del penado WILMAN JOSE BASTARDO GONZALEZ Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N°. V.- 14.338.069, domiciliado en: calle Tres, CASA Nº 47 Antonio José de Sucre, Temblador, Municipio Libertador, Estado Monagas. Igualmente se ordena dejar sin efecto la orden de captura de fecha 10 de Mayo de 2005, según memo Nro 2991, mediante oficio 1E-470-05. A tal efecto, ofíciese al Director de la Policía Estadal del Municipio Maturín del Estado Monagas.