SE EMITE EL RESPECTIVO AUTO DE EJECUCIÓN Y COMPUTO, en razón de la sentencia condenatoria dictada en contra del ciudadano. EUSEBIO RAMON GUEVARA, quien fue condenado a cumplir la pena de Dos (02) Años, Nueve (09) Meses y Quince (15) Días, más las accesorias de ley establecidas en el artículo 13 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO GENERICO Y LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 457 primer aparte y artículo 415 del Código Penal vigente para el momento de los hechos -31/08/2001.