Por todo los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; ACUERDA LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, al penado, MARCEL ENRIQUE ALCANTARA SANCHEZ por el lapso de UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES, y VEINTIOCHO (28) DIAS DE PRISION, quien es de nacionalidad venezolano, nacido en fecha 03 de DICIEMBRE de 1979, Natural de Maturín Estado Monagas, hijo de EMITALIA FERNANDEZ (V) y YONNHY ALCANTARA (V), Titular de la Cédula de Identidad Nº v- 15.116.306, de 31 años de edad, profesión u oficio MECANICO, estado civil soltero, y domiciliado en la Carrera 01, Calle Carabobo, casa Nº 21, Maturín Estado Monagas, teléfono 0291-6421202, quien se encuentran en Libertad. El lapso comenzará a correr una vez que dicho penado sea impuesto de la presente decisión. Todo se realizó conforme a lo pautado en los artículos 493 y 495 de nue.....