Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley; ACUERDA LA CONMUTACIÓN DEL RESTO DE LA PENA EN CONFINAMIENTO al penado JOSÉ LUÍS CHIGÜITA, titular de la Cedula de Identidad V-14.940.744, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Monagas, y a presentarse una vez a la semana, ante el puesto policial de Areo Estado Monagas y como quiera le falta por cumplir UN (01) MES Y CUATRO (04) DIAS DE PRISION del resto de pena que aumentada en tres cuartas partes de la pena, dado el CONFINAMIENTO acordado; quedando entonces en UN (01) MES Y VEINTINUEVE (29) DIAS DE PRISION , cesando así la pena principal impuesta y confinada, en fecha 25 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Todo lo anterior se decidió conforme a lo pautado en los artículos 20 y 53 del Código Penal Venezolano.
Regístrese, diarícese y déjese copia certificada. .....