DISPOSITIVA.
Por los razonamientos anteriormente expuestas, es por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al Penado PABLO JOSÉ BARRIOS LUNA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 12.155.777, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 17/11/1972, de 32 años de edad, de profesión u oficio: Mecánico, con quinto año de bachillerato, hijo de: Inés Luna(v) y Pablo Barrios (v) domiciliado en: Calle Cedeño, sector mercado viejo, casa número 177, cerca del Centro Comercial Fundemos, Maturín Estado Monagas. Teléfono: 0414-8750200, actualmente recluido en el Internado Judicial de Monagas, por un tiempo de DOS (02) AÑOS Y TRES (03) MESES, contados a partir de la notificación de la presente de.....