En consecuencia Notifíquese al Fiscal Penitenciario y a la Defensa de la Presente Decisión, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de este Estado a fin de que remita el expediente del referido penado a la Unidad técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 5 ubicada en la calle Juncal cruce con Guiria, Edificio Borágine de Sario Nº 1, Carúpano Estado Sucre, Teléfono 0294-3310412. Líbrese oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 5 ubicada en la calle Juncal cruce con Guiria, Edificio Borágine de Sario Nº 1, Carúpano Estado Sucre, Teléfono 0294-3310412 , y remítasele copia certificada de la Sentencia de Suspensión Condicional del la pena. Impóngase al penado de la presente decisión. Cúmplase.
El Juez
ABG. Doris María Marcano Guzmán.
La Secretaria
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